DE LOS TITULARES... a la letra pequeña:

DE LOS TITULARES...

a la letra pequeña:


“El Instituto Leonés de Cultura (ILC) de la Diputación provincial ha lanzado de forma conjunta siete convocatorias de ayudas a la producción, gestión y mantenimiento de servicios culturales en el ámbito de los municipios de menos de 20.000 habitantes de la provincia. En total, el ILC destina 1.050.000 euros. Asociaciones, juntas vecinales y ayuntamientos tienen hasta el 24 de enero para solicitar subvenciones.
Una convocatoria de ayudas bajo las premisas de «ordenar y clarificar» el procedimiento y simplificar trámites, según el diputado de Cultura.”


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Hasta aquí la noticia con letras grandes y palabras rimbombantes. Pero no deja de ser lo mismo que otros años: una trampa. Y no porque quienes la propician sean de por sí tramposos, válgame Dios; sino porque es una trampa donde se tropiezan los inocentes crédulos, hasta caer presos de patas en ella; como las moscas en la miel. Engañados y hartos, pero sin probar la dulzura. Ni esperanza que les queda.
Sin querer molestar a nuestras “madres y padres institucionales”, que cada año presumen de querernos mucho, mucho, y mucho más cada año… vamos a pasar a la letra pequeña.
Nos ponemos las gafas de ver de cerca las trampas en este bosque y vemos que de “ordenar y clarificar” nada de nada, y de “simplificar trámites” nada y menos. Nada nuevo, oiga. Muchos años atrás hemos tenido ocasión de vernos pillados en la trampa. La misma o muy parecida.

dicen:
BASES DE LA CONVOCATORIA DE TRAMITACIÓN ANTICIPADA PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES CON DESTINO A LA ORGANIZACIÓN DE FESTIVALES O PROYECTOS CULTURALES DE ESPECIAL RELEVANCIA,
AÑO 2023.
PRIMERA.- OBJETO, FINALIDAD Y CONDICIONES.
- La presente convocatoria se realiza al amparo de lo establecido en el art. 17.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y de la Ordenanza General de Subvenciones, en redacción dada por el Pleno de la Diputación el 27 de julio de 2022, (BOP n.º 206 de 27 de octubre de 2022). El objeto de las subvenciones reguladas en las presentes bases será el de coadyuvar en los gastos que han de afrontar los ayuntamientos y juntas vecinales de la provincia de León para la programación de festivales, certámenes, muestras o proyectos culturales de especial relevancia para la provincia, dentro de los campos de las artes escénicas, plásticas, musicales y literarias, así como las manifestaciones de música y tradición popular.
CUARTA.- BENEFICIARIOS. - Podrán obtener la condición de beneficiarios de la presente convocatoria los ayuntamientos de municipios de menos de 20.000 habitantes, que reúnan los requisitos establecidos en la Base 3ª de las BGS y no se encuentren incursos en ninguna de las exclusiones contempladas en el artículo 13 de la LGS.
También podrán ser beneficiarias las entidades locales menores pertenecientes a municipios de menos de 20.000 habitantes, de acuerdo con lo previsto en los art. 50 y 51 de la Ley 1/1998, de 4 de junio, de Régimen Local de Castilla y León, por delegación del Ayuntamiento al que pertenecen, debiendo existir para ello convenio de delegación en la materia. Dicha delegación requerirá para su efectividad la aceptación de la entidad local menor, debiendo especificarse en el acuerdo de delegación las formas de control propias de esta figura que se reserve el Ayuntamiento delegante y los medios que se pongan a disposición de aquélla.
SEXTA.- CUANTÍA. - La cuantía de la subvención se determinará en función de lo previsto en la base novena de las presentes bases. El importe de dicha subvención tendrá un máximo de 5.000,00 € no superando en ningún caso el 50% del presupuesto total del proyecto presentado que será de al menos 6.000,00 €, habida cuenta que el beneficiario deberá justificar el doble del importe de la subvención concedida. (Ejemplo: una solicitud de 8.000,00 € a la que se concede subvención de 3.000,00 €, deberá justificar gastos por importe igual o superior a 6.000,00 €).

nuestra experiencia:
El año pasado , que por primera vez se hablaba de “festivales o proyectos culturales de especial relevancia”, quiso un Concejo – o Junta Vecinal, o entidad local menor - solicitar que fuera beneficiario de una ayuda para seguir sacando adelante una actividad musical y literaria, y ya tradicional… Pero saltó la trampa donde menos se esperaba: en la propia casa. Es decir: que el Ayuntamiento - entidad superior al Concejo por rango y norma administrativos - dijo que no concedía su Delegación en esta materia; que bueno era él para esas cosas de la cultura… Y el Concejo se quedó compuesto y sin ayuda. Y el año pasado sin un reconocimiento real que le devolvería una merecida consideración social.
Y la “actividad cultural de especial relevancia” se quedó sin reconocer como tal, en la práctica. Queremos decir que sin ayudas necesarias el Concejo de un pueblo pequeño no puede seguir poniendo en práctica actos de cultura relevantes.
Lo hizo los dos primeros años (2010-2011), cuando oficialmente aún era “competente” en asuntos culturales; y había otros colores y otras sensibilidades en la administración.
Los amigos que habíamos luchado por diez años, poniendo en muchos casos el collar y el perro, nos hemos sentido “trampeados” (en nuestra inocencia queremos decir), y decidimos que de hacer algo lo haríamos por nosotros mismos, sin mendigar a las instituciones, porque en Cultura no se debe andar “pordioseando”, pues hace pasar a los inquietos culturales por una vergüenza ajena, que no debiera seguir existiendo.
Siendo congruentes con nosotros mismos hemos sacado adelante dos años más "por nuestra cuenta, y con la colaboración de nuestros mejores amigos poetas y músicos", dos Encuentros más (XI, y XII) y un especial "In memoriam", dedicado a los amigos que nos siguen iluminando desde el Cielo, en este mismo año 2022.
Como hemos dicho muchas veces, “la Cultura es popular o no es Cultura”. Y desde nuestra modestia y sencillez hemos decidido que no volveremos a caer en “trampas” como estas.
© Encuentros Poéticos en San Miguel de Escalada



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