el estado de necesidad


En este León querido hay una fauna nueva de esta calaña coetánea. Ahora no son: ni vagabundos, ni mendigos, ni pobres, ni pordioseros. Tampoco voy a decir que son sólo pícaros o granujas. La verdad es que no sé muy bien lo que son. Porque no buscan pan, ni piden una cama caliente, ni siquiera una palabra amiga. Son, a menudo, huraños, esquivos, extrañamente harapientos, borrachines, y lamentablemente algunas veces drogadictos.
 ¿Son, o los hicimos? 


Estado de alarma, la alarma del Estado... y el "estado de necesidad".

En el ámbito del derecho (civil o penal) los juristas nos definen el "estado de necesidad" "como aquél en el que no existe otro remedio que la vulneración del interés jurídicamente protegido de un tercero, ante una situación de peligro actual de los intereses propios, así mismo tutelados por el Derecho". Dos notas caracterizan el estado de necesidad: a) Colisión de bienes jurídicamente protegidos, y b) Inevitabilidad del mal ocasionado.
En lo que afecta a la sociedad civil - y sobre todo en el día a día de los ciudadanos - el "estado de necesidad" es otra cosa. Es la situación acuciante en que se sobrevive, rayando en la pobreza. O buceando en ella. Por distintos motivos. El más generalizado en estos tiempos de crisis es la falta de trabajo. Los afectados por este "estado de necesidad" están creciendo; y ese crecimiento es peligroso. Su situación de angustia puede terminar en la inevitabilidad de ocasionar males ajenos aunque colisionen con otros bienes que merecen protecciones. Y en ese extremo habría que aplicar el espíritu de la ley penal, y contemplar el "estado de necesidad" como eximente. 

...
#

Comentarios

Entradas populares